Santo Domingo.- La suspensión condicional de la pena no exime al condenado de responsabilidad ni de antecedentes penales. El abogado Jonathan Del Rosario explicó que esta medida sigue siendo una condena, lo que se suspende es la ejecución de la pena, no la declaratoria de culpabilidad. Por eso impide otra suspensión y puede contar para la reincidencia. «El nuevo Código Penal prevé la rehabilitación, que devuelve al condenado sus derechos cívicos, civiles y políticos al cumplir la sanción», manifestó el versado en materia legal. (Seguir leyendo…)
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