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El Congreso de Colombia aprueba polémica ley de sometimiento que contempla beneficios judiciales para grupos armados y redes criminales

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El Congreso de Colombia aprobó en la madrugada del miércoles el proyecto de ley de sometimiento a la justicia para integrantes de organizaciones armadas ilegales y estructuras criminales. La iniciativa, cuyo debate se prolongó durante dos días y estuvo marcado por fuertes cuestionamientos de la oposición, busca establecer condiciones jurídicas para que estos grupos abandonen sus actividades ilícitas y se sometan a la justicia.

El presidente colombiano, Abelardo de la Espriella, celebró la decisión legislativa a través de su cuenta de X. "¡Habemus ley de sometimiento!", escribió el mandatario, quien agradeció al ministro de Justicia, Iván Cancino, por su participación en la elaboración y defensa de la propuesta.

"Mi agradecimiento y reconocimiento al ministro de Justicia, Iván Cancino, por su extraordinario trabajo, compromiso y dedicación para sacar adelante esta importante iniciativa", manifestó.

La aprobación se concretó con el respaldo de ambas cámaras. En el Senado, el proyecto obtuvo 57 votos a favor y 24 en contra, mientras que en la Cámara de Representantes recibió 95 votos favorables y 10 negativos.

Tras conocerse el resultado, De la Espriella también reconoció la labor del Congreso y vinculó la aprobación de la norma con los objetivos de su administración en materia de seguridad.

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Beneficios judiciales y condiciones de sometimiento

La nueva ley establece una vía jurídica para que organizaciones vinculadas con economías ilícitas, actividades terroristas o acciones que afecten la seguridad y los derechos de la población se sometan a la justicia.

El ministro de Justicia, Iván Cancino, defendió el alcance de la norma y rechazó las críticas que advertían sobre posibles concesiones a las estructuras criminales. Aseguró que la legislación no implica suspender órdenes de captura ni extradiciones.

"No hay suspensión de órdenes de captura, no hay suspensión de extradiciones, cero devoluciones", afirmó.

Cancino sostuvo que el mecanismo prioriza la protección de menores de edad y contempla penas fuertes para quienes los recluten. También señaló que permitirá avanzar en el desmantelamiento de grupos armados, recuperar el orden público, facilitar intervenciones territoriales y proteger a la población civil.

"El país puede estar tranquilo porque recibe una ley que va a ser muy poderosa para que el presidente Abelardo de la Espriella pueda desarrollar su política de razón y fuerza", manifestó.

Oposición advierte riesgos de impunidad

La aprobación de la ley fue cuestionada por congresistas del Pacto Histórico, que advirtieron sobre los beneficios penales previstos para integrantes de organizaciones criminales y los posibles efectos sobre los derechos de las víctimas.

La representante María Fernanda Carrascal fue una de las principales críticas de la iniciativa. Según declaraciones recogidas por EFE el 4 de noviembre, sostuvo que el proyecto tiene problemas de fondo porque criminaliza la protesta social, desconoce los derechos de las víctimas y no garantiza su reparación.

"Desde la bancada de oposición hemos advertido, de manera reiterada, los graves vicios que contiene y los riesgos de una propuesta que, en lugar de avanzar hacia la paz con garantías, termina debilitando derechos y abriendo espacios de impunidad", afirmó Carrascal.

Durante el debate en la Cámara, el 3 de noviembre, la congresista también cuestionó los beneficios contemplados para responsables del reclutamiento de menores de edad. "Aquí le están dando beneficios a los reclutadores de niños y de niñas de los grupos armados", manifestó.

Carrascal sostuvo que la exclusión de esos beneficios no abarcaba todos los casos de reclutamiento. "Claro que está excluido quien tiene condena en firme, pero sin condena previa, quienes recluten niños entre los 14 y los 17 años van a entrar al tratamiento", advirtió.

El representante Daniel Briceño, ponente del proyecto, defendió el articulado y respondió a esos cuestionamientos: "Los beneficios de esta ley no se aplicarán para ninguna persona que haya sido condenada por sentencia judicial por el reclutamiento de menores de 14 años".

Otra de las críticas estuvo relacionada con la definición de las organizaciones que podrían ser consideradas terroristas y el alcance de las facultades del Ejecutivo. La representante Laura Beltrán también cuestionó la relación entre el proyecto y las restricciones a los beneficios penales establecidas en la Ley 1121 de 2006, al preguntar: "¿Cuál de las dos leyes va a aplicar el juez?".

Fuente Informativa…

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