Tras la ratificación de la sanción por parte de FIFA, la RFEF confirmó que llevará el caso ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo
La Comisión de Apelación de la FIFA desestimó el recurso presentado por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y ratificó la sanción impuesta por el órgano de disciplina tras los cánticos dirigidos durante el partido amistoso entre España y Egipto, disputado el pasado 31 de marzo en el estadio de Cornellá-El Prat.
Con esta resolución, se mantiene la multa económica de $20,000 dólares a la RFEF y la clausura parcial de al menos el 15 % del aforo del estadio donde la selección absoluta masculina dispute su próximo compromiso amistoso.
Los hechos se remontan a cánticos entonados por un sector de la grada durante el encuentro (“musulmán el que no bote es”), lo que motivó la apertura de un expediente disciplinario por conducta discriminatoria.
La RFEF argumentó en sus alegaciones que el incidente se limitó a un grupo reducido de aficionados en los sectores 108, 109 y 110, que fue reprobado con pitos por el resto de los 35,895 espectadores y que la frase no contenía insultos explícitos, apelando al criterio del observador objetivo y recordando que el árbitro no activó el protocolo antidiscriminación de tres pasos.
Tras la ratificación de la sanción por parte del máximo organismo del fútbol mundial, la RFEF confirmó que llevará el caso ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).
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