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Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) acogió el medio de inadmisión planteado por la parte accionada y, en consecuencia, declaró inadmisible la acción de amparo que fue declinada ante esa alta corte por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante la Sentencia Civil numero 035-2026-SSEN-00653, de fecha 2 de junio de 2026. (Seguir leyendo…)
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