Santo Domingo.- Los afiliados al Seguro Familiar de Salud (SFS) tienen la posibilidad de incorporar a determinados familiares que no forman parte de su núcleo de dependientes directos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por el Sistema Dominicano de Seguridad Social.
Esta modalidad permite agregar como dependientes adicionales a padres, suegros, hijos o hijastros que cumplan con las condiciones establecidas. Para completar el proceso, el afiliado debe presentar documentos que permitan demostrar el parentesco y realizar el trámite ante su Administradora de Riesgos de Salud (ARS).
Los documentos que deben entregarse pueden variar dependiendo del familiar que se quiera incorporar.
Documentos para incluir a hijos o hijastros
Cuando se trata de un hijo o hijastro como dependiente adicional, se requiere la documentación que permita confirmar tanto la identidad como el vínculo familiar.
Entre los documentos solicitados generalmente figuran una copia de la cédula del afiliado titular, la cédula del familiar y el acta de nacimiento correspondiente.
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En esta categoría pueden incluirse hijos o hijastros mayores de 18 años que no estudien, así como aquellos que superen los 21 años, de acuerdo con las condiciones establecidas para los dependientes adicionales.
¿Qué se necesita para incluir a los padres?
Para incorporar a los padres del afiliado al Seguro Familiar de Salud, deben presentarse las cédulas de ambos padres, la cédula del titular y el acta de nacimiento del afiliado, documento que permite comprobar el parentesco.
En el caso de los padres del cónyuge, conocidos como suegros, también se requiere documentación que confirme la relación familiar.

Para este trámite deben presentarse los documentos de identidad de las personas que serán incorporadas, además de la cédula y el acta de nacimiento del cónyuge. También debe incluirse el documento que demuestre el matrimonio o la unión con el afiliado titular.
¿Dónde se realiza el trámite?
La solicitud para agregar un dependiente adicional debe gestionarse directamente ante la Administradora de Riesgos de Salud (ARS) a la que pertenece el afiliado.
La ARS es responsable de revisar la documentación presentada y completar el proceso correspondiente para la incorporación del familiar.
En el caso de los trabajadores asalariados, el empleador también participa en el procedimiento, ya que debe efectuar los registros correspondientes en el Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR) para que pueda aplicarse el pago relacionado con el dependiente adicional.
¿El afiliado debe pagar por un dependiente adicional?
Sí. A diferencia de los dependientes directos, la incorporación de un dependiente adicional al Seguro Familiar de Salud genera el pago de una cápita adicional, cuyo costo debe ser asumido por el afiliado.
Por esta razón, antes de iniciar el proceso es recomendable consultar con la ARS correspondiente cuáles son los documentos que exige para cada tipo de familiar y cuál es el monto vigente que debe pagarse por la cobertura.
Los afiliados también pueden solicitar orientación en la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), donde pueden recibir información sobre el procedimiento y los derechos que les corresponden dentro del Seguro Familiar de Salud.

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